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PARATGE PROTEGIT LA SERRETA

Projecte de declaració

 

PROCESO DE DECLARACIÓN DE PARAJES NATURALES MUNICIPALES

 

•1.                 Comunicación del Ayuntamiento solicitando el inicio del procedimiento de declaración de Paraje Natural Municipal.

•2.                 Visita de los técnicos de Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda al paraje y reunión con los representantes del Ayuntamiento.

•3.                 Aprobación en Pleno municipal del protocolo de colaboración entre Conselleria y el Ayuntamiento, habilitando al Alcalde/sa para su firma.

•4.                 Firma del protocolo de colaboración Conselleria-Ayuntamiento.

•5.                 Elaboración del Proyecto de Plan Especial del paraje por parte de la Asistencia Técnica de Conselleria con el visto bueno del Ayuntamiento.

  • - En caso de incluir a propiedad privada se debe contar con el consentimiento del propietario por escrito.
  • - El Ayuntamiento debe colaborar aportando los documentos que sean requeridos, que básicamente son los certificados de propiedad de los terrenos y planeamiento urbanístico.

•6.                 Aprobación del Proyecto de Plan Especial por parte del ayuntamiento (acuerdo plenario).

•7.                 Emisión del Criterio de Conformidad por parte de la Conselleria .

•8.                 Exposición pública del proyecto de Plan Especial y su Estudio de Impacto Ambiental (30 días hábiles)  en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), en un diario no oficial de amplia difusión en la localidad y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. Notificación a particulares en el caso de existir propiedades privadas y audiencia a entidades con derechos afectados (ej: sociedad de cazadores)

-Certificado de No alegaciones.

            Si ha habido alegaciones se resuelven en pleno, donde también se prueba           el Plan Especial definitivo. Posteriormente el Ayto se remite copia           diligenciada del PE junto con el Acuerdo de pleno al Órgano Sustantivo   (Servicio de Ordenación Sostenible del Medio)

           

¡No es necesario reiterar el trámite de exposición pública como    consecuencia de las modificaciones en el PE a que den lugar las      alegaciones ¡

•9.                 Evaluación de Impacto ambiental.

•10.            Acuerdo plenario del Ayuntamiento aprobando las modificaciones realizadas tras la evaluación de impacto ambiental y como consecuencia de los informes sectoriales.

•11.            Declaración del Paraje Natural Municipal por Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana.

GALERÍA FOTOGRÁFICA

La Serreta
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