NUEVAS MEDIDAS PREVENTIVAS EXCEPCIONALES (SARS-CoV-2 - ENERO 2021)

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MIREIA ESTEPA OLCINA, ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA ANTECEDENTES DE HECHO:
Vista Resolución de 5 de enero de 2021, de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas preventivas excepcionales y se modifican medidas contenidas en la Resolución de 5 de diciembre de 2020.
En la situación actual, es necesario el mantenimiento de las medidas preventivas adicionales adoptadas respecto a los servicios municipales y espacios públicos gestionados por el Ayuntamiento. También se considera necesario recordar a la población las medidas de prevención recomendadas a agrupaciones familiares y sociales en el ámbito privado, instando a todos los vecinos a su estricto cumplimiento.
Esta Alcaldía RESUELVE:
PRIMERO: Establecer las siguientes medidas preventivas que entrarán en vigor a partir del día 13 de enero de 2021 a las 00:00 horas hasta el día 31 enero de 2021 a las 23:59 horas:
- Cierre de la Biblioteca Municipal Pare Arques.
- Cierre del Polideportivo municipal
- Cierre de las zonas de juegos de los parques.
- Cierre del edificio del Palau Comtal y todos los espacios museísticos y monumentos visitables municipales.
- Cierre del Centro Cultural El Teular.
- Reducir el aforo del cementerio municipal a 1/3 de su aforo.
- Suspender las reuniones de asociaciones y colectivos, en las actividades que se lleven a cabo y dependan de una cesión de un espacio público municipal.
- Mantener la limitación de presencia de 6 personas en las bodas en cualquier dependencia municipal.
- Mantener la restricción a 6 personas máximo, salvo autorización explícita del concejal o concejala del área, en las reuniones presenciales que se lleven a cabo por parte del personal municipal en las instalaciones municipales. Cuando las reuniones sean de más de 6 personas se podrán organizar por videoconferencia.
- Mantener las sesiones ordinarias o extraordinarias de los Plenos Municipales, Comisiones Informativas y el resto de Comisiones que procedan durante la vigencia del estado de alarma motivado por la pandemia de la Covid-19 celebrándose por videoconferencia, siempre que se cumplan los requisitos dispuestos en el art. 46.3 de la Ley 7/1985.
- Se suspenden las actividades en la Casa de la Juventud, manteniendo el horario de atención al público en horario de 10:00 horas a 13:00 horas, con cita previa.
- En el edificio del Centro Social , este se mantendrá abierto para el habitual desarrollo del trabajo de Servicios Sociales, TAPIS y Respir. Sólo se accederá con cita previa.
SEGUNDO: Recomendaciones a tener en cuenta en agrupaciones familiares y sociales en el ámbito privado:
- Limitar encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
- Lavado frecuente de manos.
- Uso de mascarilla.
TERCERO: Todas estas medidas son susceptibles de ser modificadas y/o revisadas en función de la evolución de la alerta sanitaria.
CUARTO: Dar traslado de la presente Resolución a los Departamentos afectados, para los efectos oportunos.
QUINTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, ante la Alcaldía, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998 de Jurisdicción Contencioso Administrativa. Sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
SEXTO: Publicar la presente resolución en el tablón de edictos y en la Sede cocentaina.sedelectronica.es
Ajuntament de Cocentaina
Lo manda y firma la alcaldesa, ante mi, el secretario.
Mireia Estepa Olcina – Alcaldesa Enrique Jesús Vidal Viel – Secretario